PERGAMINO,
Mayo 14 (www.PergaminoCiudad.com.ar)
El Gobierno de Pergamino informó que mediante la sanción del DECRETO Nº 1318/15
se dispone la nueva integración de la JUNTA MUNICIPAL DE DEFENSA CIVIL. La
misma tendrá representantes del Ejecutivo y Legislativo Municipal en carácter
de vocales permanentes y de entidades intermedias del Partido de Pergamino en
carácter de vocales no permanentes.
Son
VOCALES PERMANENTES en representación del DEPARTAMENTO EJECUTIVO: Presidente:
Intendente municipal Omar Raúl Pacini; Coordinador: Subsecretario de Defensa
Civil: Ricardo Bari; Secretario de Gobierno: Pablo Mazzei; Secretario General:
Carlos Elizalde; Secretario Jefatura de Gabinete: Juan José Marconato;
Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas: José Salauati; Secretario de
Promoción Social: Rubén Fernández; Secretario de Salud: Leandro Peñaloza;
Secretario de Servicios Públicos: Daniel Freggiaro; Subsecretario de la Agencia
de Seguridad Vial: Miguel Artero;
Subsecretario de Asuntos Rurales: Horacio Migliaro; en representación del
DEPARTAMENTO DELIBERATIVO: Bloques: Frente Amplio UNEN: Hernán García; Frente
para la Victoria – Partido Justicialista: Héctor Cattaneo; Unión PRO: Walter
Satuf.
Como
VOCALES NO PERMANENTES lo harán un representante por cada una de las entidades
que a continuación se determinan: Hospital Zonal Pergamino, Bomberos
Voluntarios, Radio Club Pergamino, Radio Club Zona Norte, Cosopper, Caritas,
Jefatura Policía Departamental, Centro de Despacho y Emergencias Pergamino,
Dirección Provincial de Hidráulica, Departamento Aeródromo, Policía Vial, Cooperativa Eléctrica, Consejo
Escolar, Litoral Gas y Uncofo.
Funciones
Cabe
recordar que las funciones de la JUNTA MUNICIPAL DE DEFENSA CIVIL son las
establecidas en la ordenanza 4489/97 que establece “tendrá a su cargo la
planificación, organización y coordinación superior de Defensa Civil dentro del
ámbito comunal”.
Su
acción se desarrollará: a) en tiempo de normalidad, por medio de la
planificación de las medidas para reestablecer en plazo mínimo la normalidad en
cualquier zona que pueda resultar afectada; b) en tiempos de anormalidad, sean
naturales o tecnológicas, la inmediata aplicación de las medidas previstas
anteriormente, adecuándolas al hecho particular para restablecer la anormalidad
en la zona afectada.
Tendrá
un organismo técnico de trabajo permanente, en el que delegará la panificación,
organización y puesta en práctica de las medidas operativas tendientes al
restablecimiento de la normalidad en zonas afectadas por una emergencia. El
mismo tendrá las siguientes misiones y funciones: a) Centralizarse y dirigir la
aplicación de las medidas operativas previstas y en ocasión de emergencias la
ayuda correspondiente a la zona afectada; b) organizar y fiscalizar el grado de
operatividad de los servicios de Defensa Civil; c) subdividir el Distrito en
zonas de Defensa Civil para el efectivo cumplimiento de su cometido; d)
establecer y promover la ayuda mutua con los Distritos limítrofes; e) fomentar
la participación de personas voluntarias, que puedan colaborar en situación de
emergencia con los distintos Servicios de Protección Civil Municipal, sin
sobreponerse a los Servicios Oficiales que a tal fin fijan las normativas
vigentes; f) entender en todo lo atinente a las actividades operativas del/los
cuerpo/s de bomberos del Distrito; g) participar en el dictado de los Planes de
estudio a nivel primario y secundario de las asignaturas Defensa Civil; h)
promover la instrucción y capacitación de la población en general; i) divulgar
los fines de carácter solidario, alturista y humanista que conforman la Defensa
Civil; j) optimizar el sistema de comunicaciones; k) preventiva y
operativamente, adoptar recaudos de seguridad. (www.PergaminoCiudad.com.ar)