PERGAMINO,
Octubre 17 (www.PergaminoCiudad.com.ar)
El Gobierno de Pergamino a través de la Dirección de Rentas informó que desde
el lunes 20 de octubre al viernes 21 de noviembre del año en curso se podrá
solicitar la eximición de tasas municipales ejercicio 2015. También podrán
pedirla todas las personas mayores de 60 años de escasos recursos sin
jubilaciones o pensiones. Quienes vivan cerca de la Terminal deben concurrir al
Centro de Gestión Municipal que funciona allí.
El
régimen de exenciones contempla al jubilado y/o pensionado que sea titular de
un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia y si sus ingresos
y los del grupo familiar conviviente no superen la suma total de Haberes Brutos
de $6.463,26 mensuales. En caso de ser Haberes mínimos y perciban adicionales
que se corresponden con los Haberes mínimos (subsidio por servicios, subsidio
PAMI, asignación familiar por cónyuge, por hijo y otros), no serán computados a
los efectos del cálculo.
El
trámite es simple y se puede realizar en la Oficina de Atención al
Contribuyente, Florida 831 de 07.45 a 13.00 hs o en la oficina CENTRO DE
GESTIÓN MUNICIPAL ubicada en la Terminal de Ómnibus los días martes y jueves en
el horario de 8 a 13 hs. Los beneficiarios tendrán tiempo para hacerlo del
lunes 20 de octubre al viernes 21 de noviembre inclusive y podrán realizar
consultas también al teléfono 02477 – 434200 (int. 6010/12/13).
El
director de rentas Carlos Ayestarán aseguró que “debe ser gestionado por el
titular del inmueble o en su caso por su cónyuge (si algún motivo justificado
impide al titular o su cónyuge realizarlo, un tercero – ejemplo: hijo – podrá
solicitarlo para lo cual deberá agregar a los elementos a presentar lo
siguiente: Fotocopia de su documento (1° y 2° hoja, más cambio de domicilio),
certificado de supervivencia del titular y/o cónyuge”.
Documentación
En
cuanto a la documentación a presentar por los interesados advirtió que: “se
diferenciará si el jubilado o pensionado fue eximido o no en el ejercicio
anterior” al tiempo que aclaró: “Si fue eximido por el ejercicio 2014: Fotocopia
de la resolución directa o del decreto que exime el ejercicio 2014; fotocopia
del último haber jubilatorio (comprobante de pago provisional) del solicitante
y su cónyuge; fotocopia de la última factura de luz; fotocopia de documento del
cónyuge (1° y 2° hoja, más cambios de domicilio) o fotocopia de Certificado de
defunción; fotocopia de documentos de quienes convivan en el inmueble (1° y 2°
hoja, más cambios de domicilio; certificación negativa, expedida por Anses de
los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio provisional”.
Asimismo
indicó que “si no obtuvo la eximición por el ejercicio 2014: Fotocopia de la
escritura de su inmueble; fotocopia de su documento (1° y 2° hoja, más cambios
de domicilio); fotocopia de los documentos de su cónyuge y de quienes además
convivan en el inmueble; fotocopia de libreta de matrimonio o de partida de
matrimonio; fotocopia de última factura de luz; fotocopia de su último recibo
de jubilación o pensión (comprobante de pago provisional); fotocopia del último
recibo de jubilación o pensión (comprobante de pago provisional) del cónyuge;
fotocopia de eximición anterior (años 2014 y/o anteriores), de no tener,
fotocopia de una factura de Servicios Sanitarios y de Limpieza y Conservación
de la Vía Pública de su inmueble; fotocopia de Certificado de defunción, del
titular o cónyuge que haya fallecido; certificación negativa, expedida por
Anses, de los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio
provisional”.
Escasos recursos
El
funcionario recordó que “las personas mayores de 60 años, de escasos recursos
sin jubilaciones o pensiones, deberán solicitar la eximición durante el año en
cuestión, es decir, la eximición 2015 se debe pedir en febrero del año 2015.
Los interesados deben: en primer lugar presentar el pedido por Mesa de Entradas
con fotocopia de la última factura de la luz, fotocopia de última factura de
Tasas Municipal (Servicios Sanitarios, Limpieza y Conservación), fotocopia de
1º y 2º hoja del Documento Nacional de Identidad” al tiempo que informó “los
requisitos son los mismos que para los jubilados y pensionados, es decir, ser
titular de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia y si
sus ingresos y los del grupo familiar conviviente no superen la suma total de
Haberes Brutos de $6.463,26 mensuales”.
Es
importante de destacar que todo hecho, omisión, simulación o maniobra
intencional por parte del contribuyente, destinado a acceder a una eximición a
la que no tenga derecho, será pasible de una multa por defraudación prevista en
la Ordenanza Fiscal. Asimismo una vez obtenida la eximición directa el
Departamento Ejecutivo Municipal solicitará información al Anses y a la
Secretaría de Promoción Social para verificar datos de su declaración.
Moratoria
En
otro orden de cosas Ayestarán recordó que “el plan de Regularización de Deudas
2014 – Moratoria - continua en su etapa 2 con descuentos de 5 puntos menos
porcentuales a los descuentos que teníamos en la etapa 1, con opciones que
siguen siendo muy interesantes, donde la más tomada por los contribuyentes es
la opción de convenios, con un descuento del 40% menos en los intereses con
adhesión al débito automático. Ese convenio lo tenemos hasta en 15 cuotas, que
inclusivo luego les facilita el pago, ya que no deben a concurrir a ninguna
boca de pago a abonar; directamente se le debita la cuota de su cuenta
bancaria”.
Mesas y sillas
En
cuanto a la habilitación para ocupar el espacio por comercios con mesas y
sillas, explicó: “Los comercios, bares y confiterías que van a ocupar el espacio
público con mesas y sillas para la temporada estival ya están viniendo a las
oficinas de tasas menores a realizar la renovación de ese permiso. El trámite
se lleva a cabo en la Oficina de Tasas Menores que funciona en la Secretaria y
Hacienda, Florida 831 por lo tanto recomendamos este mes de octubre realizar
todas las renovaciones antes del comienzo de las inspecciones que van a
realizar el personal de la secretaria general y la secretaria de gobierno”.
En
cuanto a la reglamentación del sistema de renovación de las autorizaciones para
ocupación de la vía pública con mesas y sillas por el período octubre 2014 -
septiembre de 2015. El mismo contempla lo siguiente: “Los contribuyentes que
hubieren obtenido autorización por el período 2013-2014 para ocupación del
espacio público con mesas y sillas, renovarán automáticamente dicha
autorización de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Deberán presentarse ante
la Dirección de Hacienda y Rentas – Oficina de Tasas Menores – con fotocopia de
la autorización señalada y dicha dependencia extenderá un formulario y/o nota
de renovación automática ,previa constatación que el contribuyente se encuentre en situación regular, según las
normas vigentes . El interesado deberá cumplimentar declaración jurada por el
período estival (octubre 2014 a abril 2015) y período invernal (mayo 2015 a septiembre 2015) y b) Los
contribuyentes que no hubiesen obtenido autorización en el período 2013-2014, deberán solicitarlo por nota en
Oficina de Mesa de Entradas”. (www.PergaminoCiudad.com.ar)