PERGAMINO,
Julio 14 (www.PergaminoCiudad.com.ar)
El Gobierno de Pergamino informó que se prorroga la ETAPA 1 del PLAN DE
REGULARIZACIÓN DE DEUDAS MUNICIPALES – MORATORIA 2015 hasta el 31 de octubre.
Cabe recordar que esta es la instancia más ventajosa.
El
Plan de Regularización de Deudas Municipales es tanto para tasas, derechos,
contribución de mejoras y/o resultantes de convenios celebrados con
anterioridad, vigentes o caducos o en condiciones de ser caducados, con
descuento total de multa por omisión y descuentos parciales de recargos
moratorios según diversas modalidades u opciones tanto para deudas comunes como
en gestión judicial.
Los
interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección
de Rentas ubicadas en Florida 831, de lunes a viernes en el horario de 07,15 a
13,15 hs. También abarca las deudas en gestión judicial y para tal fin la
atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada Municipal que funciona en
el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707 aunque aquí el descuento
en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión judicial.
Mientras que los interesados en las tasas de derechos de cementerio deberán
hacerlo en la Administración del mismo. También las deudas del Impuesto
Automotor Municipalizado pueden ingresar en el plan de organización.
Autos y motos
El
tributo PATENTE DE AUTOMOTORES MUNICIPALIZADOS operará en tres cuotas con
vencimientos en el segundo semestre y para este 2015 la provincia transfirió al
municipio los modelos 2003 con ello la tasa aplica para la franja comprendida
entre 1990 y 2003. Los vencimientos
serán: cuota 1/15: 14 de agosto; cuota
2/15: 14 de octubre y cuota 3/15: 14 de diciembre.
Cabe
recordar que el Municipio otorga una bonificación de un diez por ciento (10%)
para aquellos contribuyentes que abonen en un solo pago las cuotas determinadas
anteriormente, opción que estará vigente hasta la fecha que se indique como
segundo vencimiento de la cuota 1/15; además se indica que los contribuyentes
podrán realizar reclamos sobre la valuación fiscal de los automotores, previo a
abonar.
Por
su parte para el tributo PATENTE RODADOS se recuerda que el 11 de septiembre
vencerá la cuota 2.
Declaración jurada
Desde
la dirección de Rentas también se confirmó el 30 de septiembre del año en curso
como vencimiento para la presentación de la declaración jurada informativa
anual ejercicio 2014, según las facultades del artículo 95º de la Ordenanza
Fiscal vinculados a los tributos de Seguridad e Higiene, Publicidad y
Propaganda y Ocupación de Espacio Público.
Los
formularios (modelo de declaración jurada más anexo I) para presentar por los
contribuyentes están a disposición en la web www.pergamino.gob.ar/online a los
que accederán con su clave.
Las
multas por infracción a los deberes formales, que se podrán aplicar por la
falta de presentación o presentación fuera de término de la declaración jurada
informativa anual (modelo de declaración jurada más anexo I) serán reguladas
entre 1 y 200 módulos - valor del módulo
$ 100 artículo 37º inc.c) de la
Ordenanza Fiscal.
El
Departamento Ejecutivo se halla facultado por el mismo artículo 37º de la
Ordenanza Fiscal a que, en los casos de falta de presentación o presentación
fuera de término de declaraciones juradas de la Tasa de Seguridad e Higiene y
complementarias de comercio, se aplique multa automática a partir de los 30
días de la fecha de vencimiento con los valores señalados y a regular y este
importe se incorpore a la cuenta corriente de la Tasa de Seguridad e Higiene.
Para
contribuyentes obligados a declarar el anexo I y en el caso de falta de
presentación del mismo, se podrá presumir que el único local responde a la
ciudad de Pergamino, dentro de la Provincia de Buenos Aires, con las
consiguientes determinaciones y / o ajustes que correspondan.
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