Moratoria

Sigue vigente la Etapa 1 del Plan

PERGAMINO, Noviembre 23 (www.PergaminoCiudad.com.ar) El Gobierno de Pergamino informa que continúa ejecutándose la Etapa 1 del PLAN DE FACILIDADES DE PAGO – MORATORIA 2013. La misma prorrogó su vencimiento que operaba en el mes de diciembre de 2013, con los beneficios, durante el primer trimestre de 2014.

El Plan de Regularización de Deudas Municipales es tanto para tasas, derechos, contribución de mejoras y/o resultantes de convenios celebrados con anterioridad, vigentes o caducos o en condiciones de ser caducados, con descuento total de multa por omisión y descuentos parciales de recargos moratorios según diversas modalidades u opciones tanto para deudas comunes como en gestión judicial.

El principal beneficio es para quienes cancelen en forma total su deuda en pago contado con una bonificación del 40% de descuento en intereses. Se sigue repitiendo la opción de que ese valor pueda ser confirmado en un plan de pago con cheques diferidos, en tantos pagos como meses resten para terminar el año.

Otros beneficios del plan son las distintas opciones de pago 9, 18, 24 y 60 cuotas. Se agregó una reprogramación de los planes de pago celebrados con anterioridad y que por algún motivo el contribuyente dejó de pagar algunas cuotas, permitiéndose regularizar esta situación.  

También las deudas del Impuesto Automotor Municipalizado pueden ingresar en el plan de organización.

Los interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección de Rentas ubicadas en Florida 831, de lunes a viernes en el horario de 07,15 a 13,15 hs. La moratoria también abarca las deudas en gestión judicial y para tal fin la atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada Municipal que funciona en el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707 aunque aquí el descuento en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión judicial. Mientras que los interesados en las tasas de derechos de cementerio deberán hacerlo en la Administración del mismo.

Prórroga

En otro orden de cosas, en razón de problemas suscitados en la web municipal, para la liquidación del tributo se prorroga el vencimiento de la cuota 10/2013 de la Tasa por Seguridad e Higiene, previsto para el 21 del corriente mes hasta el 27 de noviembre del año en curso; de igual modo se prorroga hasta el 10 de diciembre el vencimiento para la presentación de la declaración jurada informativa anual del ejercicio 2012; por su parte se prorroga hasta el 23 de diciembre de 2013 la fecha de vencimiento estipulada en el Decreto 2246/13 del tributo Derechos de Publicidad y Propaganda – ejercicio 2013 para la tributación mediante la forma de aviso por los conceptos de liquidación anual, incluyéndose a las empresas contribuyentes previstas en los artículos 120º y 121º de la Ordenanza Fiscal.

Inscripción

Desde el Ejecutivo Municipal recuerda al contribuyente que la Inscripción en la Tasa de Seguridad e Higiene y complementarias de comercio, se realiza en la Oficina DIVISION TASAS DE COMERCIO (Florida 831) con la documentación requerida a tal efecto que la misma División informará, asignándose número de expediente al trámite.

Para tal fin se informa que la dirección de mails que utilizará la Oficina de Tasas de Comercio para transmitir las solicitudes de inscripción en la tasa de Seguridad e Higiene y complementarias de comercio es habilitaciones@pergamino.gob.ar.

Cabe recordar que en este proceso también interviene la Dirección de Habilitaciones quien deberá realizar en un plazo estipulado las observaciones que considere. De no ocurrir algunas que sugieran suspender el trámite, la División Tasas de Comercio podrá continuar con el proceso de inscripción.

En el caso de resolverse por la inscripción, la División queda facultada a emitir y firmar nota por la cual se informará formalmente al contribuyente que se encuentra inscripto en la Tasa de Seguridad e Higiene y que deberá retirar su clave fiscal para operar en la web,

Mesas y sillas

En cuanto a la reglamentación del sistema de renovación de las autorizaciones para ocupación de la vía pública con mesas y sillas por el período  octubre 2013- septiembre de 2014. El mismo contempla lo siguiente que los contribuyentes que hubieren obtenido autorización por el período 2012-2013 para ocupación del espacio público con mesas y sillas, renovarán automáticamente dicha autorización de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Deberán presentarse ante la Dirección de Hacienda y Rentas – Oficina de Tasas Menores – con fotocopia de la autorización señalada y dicha dependencia extenderá un formulario y/o nota de renovación automática, previa constatación que el contribuyente   se encuentre en situación regular, según las normas vigentes . El interesado deberá cumplimentar declaración jurada por el período estival (octubre 2013 a abril 2014) y período invernal (mayo  2014 a septiembre 2014) y b) Los contribuyentes que no hubiesen obtenido autorización en el período  2012-2013, deberán solicitarlo por nota en Oficina de Mesa de Entradas.

Gravar pantallas

Por último se recuerda que el Departamento Ejecutivo promulgó la Ordenanza 7867/13 que contempla correcciones en el artículo 8º de la Ordenanza Fiscal Impositiva para gravar pantallas con Publicidad y Propaganda.

La misma fue aprobada por unanimidad en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes realizada el día 27 de septiembre de 2013 tras ser elevada por la Dirección de Rentas con el fin de incluir a las pantallas electrónicas en el artículo Nº 8 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, para que sean gravadas con el tributo Publicidad y Propaganda.

Las modificaciones son: En primer término se contempla agregar en las descripciones del artículo 8º de la OFI 2013 Título Publicidad y Propaganda lo siguiente: Tipo: Pantallas electrónicas o similar por metro cuadrado o fracción por año o fracción; Aviso: $1.024; en segundo lugar se corrige en el artículo 8º de la OFI 2013 – Título Publicidad y Propaganda en la descripción tipo “por cada publicidad y propaganda no contemplado expresamente”, debiendo decir “por cada publicidad y propaganda no contemplado expresamente por metro cuadrado, o fracción por año o fracción”. (www.PergaminoCiudad.com.ar)

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