PERGAMINO, Febrero 27.- (Semanario “El Tiempo” reproducción de PergaminoCiudad) Juan Idróggino y Alfredo Lagamma accedieron al beneficio de aguardar la substanciación del juicio oral en sus domicilios por su avanzada edad y el delicado estado de salud en que se encuentran ambos.
Días atrás, confirmaron el beneficio del arresto domiciliario a dos adultos mayores acusados de cometer abusos sexuales a una niña de muy corta edad, durante cinco años, en el barrio José Hernández.
Los integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Penal: Mónica Guridi, Martín Morales y Gabriela Jure confirmaron un fallo que había otorgado durante la etapa procesal el Juzgado de Garantías Nº 1, a cargo del juez César Solazzi.
De esta manera, Juan Idróggino y Alfredo Lagamma, accedieron a la posibilidad de continuar cumpliendo la prisión preventiva en sus domicilios, hasta el momento de la substanciación del juicio oral. Este beneficio lo había establecido el juez Solazzi para ambos acusados por la avanzada edad, el delicado estado de salud y porque las familias habían ofrecido viviendas y entorno de contención para que continuaran con el arresto.
En su momento la fiscal Karina Póllice, quien está al frente de la investigación, había apelado este beneficio, ya que existiría un peligro de fuga, que uno de ellos estaba en pareja con una mujer que trabajaba muchas horas fuera de casa y eso podría representar peligrosidad. Los camaristas rechazaron estos argumentos y determinaron que la avanzada edad, las dolencias que padecen y el domicilio fijo que han constituido junto a familiares, son indicadores que no habría riesgos que se fugaran.
El basamento fundamental de los jueces para otorgar este beneficio es el principio de inocencia en el marco de un proceso penal, donde “el imputado debe permanecer en libertad como regla general”, según el fallo que los magistrados firmaron en unanimidad. Con esta fundamentación desecharon la apelación de la prisión domiciliaria de la Fiscalía que requería el arresto en un centro de reclusión por la presunta peligrosidad de los imputados. Esta argumentación, los camaristas la consideraron una pena anticipada que va en contra del debido proceso. Además señalaron que en caso que ambos sean condenados en un juicio oral se beneficiarían con el arresto domiciliario por la avanzada edad, tal como lo establece el código penal.
¿Justicia por mano propia?
Los integrantes de la Cámara Penal pidieron que algún fiscal investigue la apelación realizada por la abogada que representa a la familia de la menor abusada –que interviene en el caso como particular damnificada-, porque en el escrito habría dado a entender la posibilidad de existencia de algún delito.
La patrocinante letrada en la argumentación de la apelación consignó que la familia en distintas oportunidades ha manifestado la posibilidad de “practicar justicia por mano propia”. Los jueces consideraron que si esa afirmación era probada por una investigación penal constituye la existencia de uno o varios delitos. Por ese motivo elevaron las actuaciones a la Fiscalía General para que intervenga.
Fernández sigue en prisión
Aparte de Idróggino y Lagamma, está procesado en la misma causa Antonio Manuel Fernández, quien no ha accedido al mismo beneficio que sus consortes porque la familia no ha brindado ningún tipo de indicios de contención del imputado. Desde el comienzo de la investigación, cuando desde el Juzgado de Garantías habían ordenado la prisión preventiva se advertía una ausencia del entorno de Fernández. El hijo y la nuera de Fernández, no han prestado colaboración con la perito para realizar el informe socio ambiental, ni se han presentado a las citaciones del Juzgado. El juez consideró que estos elementos demostraron la falta de interés en la contención del imputado.
La causa
Durante esta etapa del proceso hay elementos de prueba suficientes para sospechar que Manuel Fernández, Juan Alberto Idróggino y Alfredo Lagamma, serían autores de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado reiterado y promoción a la corrupción agravada de menores.
En el expediente judicial, mujeres allegadas a la víctima, revelaron lo que la nena ha contado como una adolescente un poco mayor que ella, pero imputable para la Ley, la llevaba a distintos domicilios donde residían adultos mayores. En esas viviendas los dueños de casa mantenían relaciones sexuales con la adolescente en presencia de la menor. A la niña, a veces la manoseaban en distintas partes del cuerpo y besaban en la boca. Los adultos mayores le entregaban dinero a la niña mayor y luego ella lo compartía con la víctima.
La fiscal Karina Póllice en su acusación sostiene que a la menor también la obligaban a practicar sexo oral, pero el juez no lo dio por acreditado en su resolución a partir del vídeo de cámara Gesell en el que declaró la niña. La menor contó que era sometida a esa práctica, pero no hay suficientes elementos para imputarle a los acusados que eran precisamente ellos quienes la sometían a que le practicara sexo oral.
En este punto, se conoce un nuevo detalle de esta causa: eran más adultos que los tres detenidos quienes recibían las visitas de las nenas. Son al menos dos sujetos más, quienes no han sido individualizados en la investigación. Hay dos declaraciones de personas allegadas a la víctima, que describen claramente lo que