PERGAMINO,
Octubre 01 (www.PergaminoCiudad.com.ar)
El Gobierno de Pergamino a través de la Dirección de Rentas informa que desde
el lunes 14 de octubre al viernes 22 de noviembre del año en curso se podrá
solicitar la eximición de tasas municipales ejercicio 2014. También podrán
pedirla todas las personas mayores de 60 años de escasos recursos sin jubilaciones
o pensiones.
“El
régimen de exenciones contempla al jubilado y/o pensionado que sea titular de
un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia y si sus ingresos
y los del grupo familiar conviviente no superen la suma total de Haberes Brutos
de $4.953,96 mensuales. En caso de ser Haberes mínimos y perciban adicionales
que se corresponden con los Haberes mínimos (subsidio por servicios, subsidio
PAMI, asignación familiar por cónyuge, por hijo y otros), no serán computados a
los efectos del cálculo” aseguró Carlos Ayestarán director de rentas municipal.
El
trámite es simple y se realiza en la Oficina de Atención al Contribuyente,
Florida 831 de 07.45 a 13.00 hs. Los beneficiarios tendrán tiempo para hacerlo
del lunes 14 de octubre al viernes 22 de noviembre inclusive y podrán realizar
consultas también al teléfono 02477 – 434200 (int. 6010/12/13).
Sobre
el mismo aclaró que “debe ser gestionado por el titular del inmueble o en su
caso por su cónyuge (si algún motivo justificado impide al titular o su cónyuge
realizarlo, un tercero – ejemplo: hijo – podrá solicitarlo para lo cual deberá
agregar a los elementos a presentar lo siguiente: Fotocopia de su documento (1°
y 2° hoja, más cambio de domicilio), certificado de supervivencia del titular
y/o cónyuge”.
Documentación
La
presentación que realicen los interesados que deseen acogerse a la eximición se
diferenciará si el jubilado o pensionado fue eximido o no en el ejercicio
anterior. En este sentido dijo: “Si fue eximido por el ejercicio 2013:
Fotocopia de la resolución directa o del decreto que exime el ejercicio 2013;
fotocopia del último haber jubilatorio (comprobante de pago provisional) del
solicitante y su cónyuge; fotocopia de la última factura de luz; fotocopia de
documento del cónyuge (1° y 2° hoja, más cambios de domicilio) o fotocopia de
Certificado de defunción; fotocopia de documentos de quienes convivan en el
inmueble (1° y 2° hoja, más cambios de domicilio; certificación negativa,
expedida por Anses de los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio
provisional”.
Asimismo
aclaró que “si no obtuvo la eximición por el ejercicio 2013: Fotocopia de la
escritura de su inmueble; fotocopia de su documento (1° y 2° hoja, más cambios
de domicilio); fotocopia de los documentos de su cónyuge y de quienes además
convivan en el inmueble; fotocopia de libreta de matrimonio o de partida de
matrimonio; fotocopia de última factura de luz; fotocopia de su último recibo
de jubilación o pensión (comprobante de pago provisional); fotocopia del último
recibo de jubilación o pensión (comprobante de pago provisional) del cónyuge;
fotocopia de eximición anterior (años 2011 y/o anteriores), de no tener,
fotocopia de una factura de Servicios Sanitarios y de Limpieza y Conservación
de la Vía Pública de su inmueble; fotocopia de Certificado de defunción, del
titular o cónyuge que haya fallecido; certificación negativa, expedida por
Anses, de los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio
provisional”.
Escasos recursos
El
funcionario recordó que “las personas mayores de 60 años, de escasos recursos
sin jubilaciones o pensiones, deberán solicitar la eximición durante el año en
cuestión, es decir, la eximición 2014 se debe pedir en febrero del año 2014.
Los interesados deben: en primer lugar presentar el pedido por Mesa de Entradas
con fotocopia de la última factura de la luz, fotocopia de última factura de
Tasas Municipal (Servicios Sanitarios, Limpieza y Conservación), fotocopia de
1º y 2º hoja del Documento Nacional de Identidad” al tiempo que informó “los
requisitos son los mismos que para los jubilados y pensionados, es decir, ser
titular de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia y si
sus ingresos y los del grupo familiar conviviente no superen la suma total de
Haberes Brutos de $4.953,96 mensuales”.
Es
importante de destacar que todo hecho, omisión, simulación o maniobra
intencional por parte del contribuyente, destinado a acceder a una eximición a
la que no tenga derecho, será pasible de una multa por defraudación prevista en
la Ordenanza Fiscal. Asimismo una vez obtenida la eximición directa el
Departamento Ejecutivo Municipal solicitará información a la ANSeS y a la
Secretaría de Promoción Social para verificar datos de su declaración.
(www.PergaminoCiudad.com.ar)