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Veeduría Ciudadana: Modificación de Ordenanza

Fue promulgada la Ordenanza 7056/09 mediante la cual se modifica los artículos 2º y 5º de la Ordenanza 6507/06.
Fue promulgada la Ordenanza 7056/09 mediante la cual se modifica los artículos 2º y 5º de la Ordenanza 6507/06.

PERGAMINO, Diciembre 16.-(PergaminoCiudad.com.ar) Tras un proyecto que presentara el Edil del frente Para La Victoria Horacio Padula, comenzó a utilizarse en Pergamino la figura de Veedurías ciudadanas, comisiones de vecinos que fiscalizan los planes de Obras.

 

La primer veeduría que plasmó su trabajo fue la conformada por vecinos de Kennedy, Hernández y la COSOPER que fiscalizaron las obras del Puente del Bicentenario que será inaugurado el próximo viernes.

 

Este año el Honorable Concejo Deliberante, reformó la ordenanza que las constituye.

 

Los mismos quedarán redactados de la siguiente forma:

 

          Artículo 2º: A efectos de la constitución de la Veeduría Ciudadana el Departamento

Ejecutivo procederá a la apertura de un registro especial de libre acceso y adecuada difusión con no menos de treinta días de anticipación, respecto de la fecha fijada para la iniciación de cada obra pública y que se mantendrá abierto hasta tres horas antes de la misma.

 

La Veeduría estará integrada por hasta siete personas y con un mínimo de tres de las que corresponderán a personas físicas  sin representación institucional hasta cuatro, con un mínimo de dos y el resto de tres con un mínimo de uno, a Comisiones de Fomento, Uniones Vecinales o Barriales y Organizaciones no Gubernamentales en general.

 

Si los inscriptos superan el número previsto, la designación se hará por sorteo. De no existir inscriptos en número suficiente para cubrir los mínimos establecidos, la designación será efectuada en forma directa por el Intendente con acuerdo del Honorable Concejo Deliberante.

 

          Artículo 5º: Constituida que fuera la Veeduría Ciudadana en los términos previstos en

la presente ordenanza procederá a definir el plan de trabajo que considere funcional al cumplimiento de objetivo propuesto. En tal sentido y como mínimo convocará a una reunión mensual con la participación del Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de la Comisión de Seguridad y Obras Públicas del Honorable Concejo Deliberante de la que se labrará acta para constancia de cada una de las partes intervinientes.

 

Queda establecido que las Veedurías Ciudadanas, tendrán atribuciones exclusivamente de observación, seguimiento y fiscalización en todo lo concerniente a las Obras Públicas, que se les asignen, quedando facultadas para presentar, de considerarlo necesario y/o oportuno ante la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y con traslado al Honorable Concejo Deliberante, todos los informes, observaciones y/o sugerencias que estime pertinentes con el fin de ser consideradas en orden a revisar el desarrollo de la obra.

 

Dicho informe, observaciones y/o sugerencias no tendrán carácter vinculante ni generarán responsabilidades para sus integrantes. Concurrida su participación en los términos del Art. 4º de la presente, elevarán un informe final al Honorable Concejo Deliberante.(PergaminoCiudasd.com.ar)

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