PERGAMINO, Mayo 24 (www.PergaminoCiudad.com.ar) El Gobierno de Pergamino a través de la Dirección de Rentas informa que está en vigencia la primera etapa del Plan de Regularización de Deudas Municipales tanto para tasas, derechos, contribución de mejoras y/o resultantes de convenios celebrados con anterioridad, vigentes o caducos o en condiciones de ser caducados, con descuento total de multa por omisión y descuentos parciales de recargos moratorios según diversas modalidades u opciones tanto para deudas comunes como en gestión judicial.
Los interesados podrán acogerse hasta el 30 de junio para la etapa 1 del Plan de Facilidades de pago, la más ventajosa. Se han cursado los reclamos de deudas por diferentes tasas.
El principal beneficio es para quienes cancelen en forma total su deuda en pago contado con una bonificación del 40% de descuento en intereses. Se sigue repitiendo la opción de que ese valor pueda ser confirmado en un plan de pago cheques diferidos, tantos como meses resten para terminar el año.
Lo bueno del plan son las distintas opciones, no solo se puede pagar contado sino que se dan opciones de 10, 24 y 60 cuotas. Le hemos agregado una reprogramación de los planes de pago celebrados con anterioridad y por algún motivo se dejaron de pagar algunas cuotas y les damos la posibilidad de regularizar esta situación.
También las deudas del Impuesto Automotor Municipalizado, pueden ingresar en el plan de organización y la ordenanza prevé un plan automático que seguro comenzará en agosto.
Los interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección de Rentas ubicadas en Florida 831, de lunes a viernes en el horario de 07,15 a 13,15 hs. La moratoria también abarca las deudas en gestión judicial y Para tal fin la atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada Municipal que funciona en el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707 aunque aquí el descuento en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión judicial. Mientras que los interesados en las tasas de derechos de cementerio deberán hacerlo en la Administración del mismo.
Cabe recordar que a partir de julio regirá el aumento del 5% en las tasas municipales.
La moratoria
Pago contado total – Opción 1 -: Se establece para aquellos contribuyentes que cancelen totalmente su deuda vencida un descuento en los Recargos Moratorios según cronograma. Además se estipula y como opción dentro de la presente modalidad la posibilidad de que el contribuyente pueda cancelar el monto de la liquidación de contado total en hasta 9 pagos mensuales, iguales y consecutivos afianzando la obligación mediante la entrega de cheques de pago diferido, con la salvedad de que el vencimiento de la última cuota no podrá exceder el mes de diciembre de 2012.
Pago contado parcial 50% – Opción 2 -: Se establece para aquellos contribuyentes que cancelen como mínimo la mitad más uno de los períodos adeudados de su deuda vencida en un descuento computable respecto del monto regularizado en los Recargos Moratorios según cronograma.
Pago contado fraccionado – Opción 3 -: Se establece para aquellos contribuyentes que cancelen una cantidad de cuotas vencidas inferiores a la opción 2 un descuento computable respecto del monto regularizado en los recargos moratorios según cronograma.
Planes de pago – Opción 4 -: Se establece la posibilidad de acceder por parte de los contribuyentes a un plan de pagos de hasta 10 cuotas mensuales iguales y consecutivas o de hasta 24 cuotas mensuales iguales y consecutivas por deudas vencidas donde obtendrán un descuento en los Recargos Moratorios según cronograma o a un plan de pagos que exceda las 24 cuotas y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin aplicación de descuentos en los Recargos Moratorios. El interés de financiación a aplicar a estos planes es de 1% mensual en los planes de hasta 10 cuotas, el 1,5% mensual en los planes de hasta 24 cuotas y el 2% mensual en los planes de hasta 60 cuotas.
Plan reprogramación – Opción 5 -: Se establece la posibilidad por parte de los contribuyentes de acceder durante todo el presente ejercicio a una reprogramación de su plan de pagos ya celebrado en condiciones de ser caducado o no, incluyendo en la misma la deuda exigible y no exigible, siendo factible confeccionar un nuevo plan con las distintas opciones que se articulan en esta Ordenanza. Además estará contemplado como opción que pueda incluir períodos comunes devengados y adeudados. El descu