PERGAMINO,
Agosto 23 (www.PergaminoCiudad.com.ar)
El Gobierno de Pergamino informoó que se llama a Concurso de Precios para la
explotación agrícola mediante la siembra y cosecha de soja de franjas
adyacentes a la Ruta Provincial N° 32. Los pliegos se adquieren en la Dirección
Administrativa de Gobierno.
Se
fija el día 19 de septiembre de 2014 a las 10.30 hs., para la apertura del
acto, que tendrá lugar en la SECRETARIA DE GOBIERNO, pudiendo retirar los
interesados el pliego de bases y condiciones SIN COSTO ALGUNO en la Dirección
Administrativa de Gobierno del Municipio – Florida 629 PB Of. 17 - hasta veinticuatro (24) horas
antes de la fecha de apertura.
El
Concurso de Precios Nº 53/13 es para la explotación agrícola mediante la siembra
y cosecha de soja de las franjas adyacentes a la Ruta Provincial Nº 32, desde
kilómetro 31,500 (Estación INTA Pergamino) hasta km. 45 (acceso a Arroyo Dulce
en límite con Partido de Salto), en una superficie cultivable de treinta y ocho
(38) hectáreas, excluyendo la superficie reservada por las normas vigentes para
las banquinas.
Cabe
señalar que la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, por
Resolución Nº 567 de fecha 26 de junio de 2009 por expediente 4087-4801/08, dio
autorización para otorgar permiso a efectos de la explotación agraria de las
áreas mencionadas.
Los
permisos de uso se otorgarán con carácter precario y a título oneroso, por el
ciclo agrícola 2013-2014, contado a partir de la formalización del contrato
respectivo, con vencimiento el 15 de junio de 2014, renovable por igual período
a criterio del Departamento Ejecutivo, de acuerdo a lo estipulado en el
artículo 2º de la ley 10.342, según texto de la ley 13.729.
De
conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley 10.342, según texto
de la ley 13.729 y decreto reglamentario 5890/86, los recursos que se obtengan
ingresarán a una cuenta especial que se denominará: “Recursos Ley 10342”, con
afectación a su distribución conforme las siguientes pautas: 1) Sesenta por
ciento (60 %) para el Consejo Escolar del Partido, para la atención de: a)
infraestructura edilicia, material didáctico y equipamiento escolar de su
jurisdicción y b) gastos de funcionamiento del Organismo. Del destino del fondo
previsto en el presente inciso, se rendirá cuenta anualmente al Municipio; 2)
Un veinte por ciento (20%) para la Asociación de Bomberos Voluntarios del
Partido; 3) Un veinte por ciento (20%) para el mantenimiento de la red vial de
Rancagua.
Se
establece como canon mínimo anual el equivalente en dinero en efectivo a cuatro
(4) quintales de soja por hectárea, sin descuento de ninguna índole, tomando
como base el valor de la soja pizarra Rosario del último día hábil anterior
para la venta del mes de mayo de 2014, con fecha efectiva de pago el 15 de
junio de 2014. (www.PergaminoCiudad.com.ar)